Aviso ¡PLAZO AMPLIADO! Desde el 1 de enero de 2027 tu Software de Facturación debe cumplir el RD 1007/2023 (Veri*Factu). Winfac ya está adaptado.
⚖️ Normativas

Veri*Factu y Facturae:
¿cuál es la diferencia?

Dos conceptos que a menudo se confunden pero que responden a realidades completamente distintas. Una es un formato de archivo; la otra es un sistema de control fiscal. Te lo explicamos con claridad.

Resumen ejecutivo Facturae es un formato de fichero XML para intercambiar facturas electrónicas. Veri*Factu es un requisito legal que obliga a los programas de facturación a mantener un registro inalterable de todas las facturas emitidas. Son compatibles y complementarios, no excluyentes.

¿Qué es Facturae?

Facturae es el formato estándar español de factura electrónica, especificado por el Ministerio de Hacienda y el Centro de Cooperación Interbancaria. Se trata de un esquema XML con estructura y campos definidos que permite el intercambio automatizado de facturas entre empresas y Administraciones Públicas.

La versión vigente es la 3.2.1, aunque existen versiones anteriores (3.2, 3.2.x) todavía admitidas en ciertos contextos. El formato está diseñado para ser legible por máquinas, firmable digitalmente y verificable sin ambigüedad.

¿Para qué se usa Facturae?

Principalmente para la facturación a la Administración Pública. Desde 2015, todas las facturas emitidas a la Administración General del Estado (AGE) y sus organismos deben entregarse en formato Facturae a través de FACe (el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas). Muchas administraciones autonómicas y locales también lo exigen.

También se usa en el ámbito privado cuando dos empresas acuerdan intercambiar facturas electrónicamente en un formato estructurado, sobre todo en sectores con grandes volúmenes de transacciones (distribución, retail, energía).

CaracterísticaVeriFactuFacturae
¿Obligatorio?Sí (2027)No siempre
¿Formato?XML interno AEATXML Facturae
¿Envío automático?No
📄

Es un formato XML

Un fichero de texto estructurado con campos definidos: emisor, receptor, líneas de factura, impuestos, totales y firma digital.

🏛️

Obligatorio para AAPP

Cualquier empresa que facture a la Administración Pública debe generar sus facturas en Facturae 3.2.1 y enviarlas por FACe.

🔏

Firma con certificado

El fichero XML debe firmarse con un certificado digital reconocido (DNIe, FNMT…) usando herramientas como AutoFirma.

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Intercambio entre partes

Define cómo se transmite la factura de emisor a receptor, no cómo el software la almacena ni qué trazabilidad mantiene internamente.

¿Qué es Veri*Factu?

Veri*Factu es el nombre coloquial de la modalidad de envío de registros de facturación definida en el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales.

En concreto, Veri*Factu hace referencia a uno de los dos modos de cumplimiento del RD: aquel en el que el software envía automáticamente a la AEAT un registro XML por cada factura emitida, en tiempo real o casi real. La otra modalidad se llama simplemente «no Veri*Factu» o «sin envío», con controles internos más estrictos.

Lo que Veri*Factu no es

Veri*Factu no es un formato de factura. No define cómo tiene que ser el PDF o el XML que recibirá tu cliente. No sustituye a la factura en papel, al PDF o a Facturae. Tampoco es un portal de envío de facturas como FACe. Es un mecanismo de control fiscal interno que afecta al software que usas para emitir facturas, no al documento final que entrega al cliente.

Confusión habitual Muchos autónomos y gestores confunden Veri*Factu con la obligación de emitir facturas electrónicas a clientes privados (que viene de la Ley Crea y Crece). Son normas distintas con calendarios distintos. Veri*Factu afecta al software de facturación; la otra obliga a entregar facturas electrónicas a cualquier empresa o autónomo que las solicite.

Comparativa detallada

Veri*Factu

Sistema de control fiscal

  • 📌 Regula el software de facturación
  • 📌 Crea un registro inalterable de cada factura
  • 📌 Hash encadenado entre registros
  • 📌 QR tributario en la factura impresa
  • 📌 Envío (opcional) de registros a AEAT en tiempo real
  • 📌 Conservación 4 años, sin borrado posible
  • 📌 Afecta a todas las empresas y autónomos
  • 📌 Obligatorio desde el 1 enero 2027
VS
Facturae

Formato de factura electrónica

  • 📌 Regula el formato del fichero de factura
  • 📌 XML estructurado con esquema definido
  • 📌 Firma digital con certificado reconocido
  • 📌 Entrega electrónica (FACe, email, EDI…)
  • 📌 Sin hash encadenado ni QR tributario
  • 📌 Conservación según normativa general (5 años)
  • 📌 Obligatorio si facturas a la Administración Pública
  • 📌 Obligatorio desde 2015 para la AGE
Aspecto Veri*Factu Facturae
Naturaleza jurídicaRequisito del SIF (sistema informático)Formato de intercambio de facturas
Norma de referenciaRD 1007/2023 + Orden HAC/1177/2024Norma UNE 54650 + Orden EHA/962/2007
¿Qué regula?El software de facturaciónEl fichero de la factura
Formato de datosXML propio de registros (AEAT)XML Facturae 3.2.1
Hash encadenado✓ Obligatorio✗ No aplica
QR tributario✓ Obligatorio✗ No aplica
Firma digitalRecomendada (no siempre obligatoria)✓ Obligatoria
Envío a AEATOptativo (modo Veri*Factu) u obligatorio según régimen✗ Solo si hay obligación de SII
Envío a FACe✗ No✓ Sí (para AAPP)
Clientes privados✓ Aplica a todosSolo si hay acuerdo o requisito legal
Obligatorio desde1 enero 20272015 (AGE), variable en CCAA y entidades locales
Sanciones por incumplimientoHasta 50.000 € (LGT)Variable según régimen y administración

¿Se complementan o se excluyen?

Se complementan perfectamente. De hecho, una misma empresa puede y en muchos casos debe cumplir con ambas normativas simultáneamente:

1

Emites una factura a un organismo público

Tu software de facturación (que cumple Veri*Factu) genera el registro interno inalterable con hash encadenado. Además, genera el fichero en formato Facturae 3.2.1, lo firma con AutoFirma y lo envía a FACe.

2

Emites una factura a un cliente privado

Tu software genera el registro interno con hash encadenado (Veri*Factu). Entrega la factura como PDF con el QR tributario impreso. No necesitas Facturae para este caso (a menos que el cliente lo pida o la Ley Crea y Crece lo obligue en el futuro).

3

Activar el envío Veri*Factu (optativo)

Si decides activar la modalidad Veri*Factu, tu software envía además un registro XML a la AEAT por cada factura. Esto no afecta a los registros Facturae: son canales distintos.

¿Cuándo necesitas cada una?

Necesitas cumplir Veri*Factu (RD 1007/2023) si…

  • Eres empresario o profesional en España y usas un sistema informático de facturación (cualquier software de facturación, ERP, CRM con módulo de facturación…).
  • Emites facturas, independientemente de si tus clientes son personas físicas, empresas o Administración Pública.
  • Tienes a empleados, socios o colaboradores que emiten facturas en tu nombre a través de un sistema informático.

Necesitas Facturae si…

  • Facturas a cualquier organismo de la Administración General del Estado, comunidades autónomas o entidades locales que lo exijan.
  • Has acordado con un cliente privado (normalmente grandes empresas) el intercambio en formato estructurado para su procesamiento automatizado.
  • Participas en contratos de distribución con grandes cadenas que exigen EDI o Facturae.
Winfac lo resuelve todo Winfac implementa tanto el cumplimiento de Veri*Factu (RD 1007/2023) como la generación de facturas en formato Facturae 3.2.1 firmadas con AutoFirma. No necesitas dos programas diferentes. Un solo software cubre ambas obligaciones.

Preguntas frecuentes

¿Si ya uso Facturae, estoy cumpliendo Veri*Factu?
No. Son obligaciones independientes. Puedes generar facturas en Facturae 3.2.1 perfectamente firmadas y enviadas a FACe, pero si tu software de facturación no genera el hash encadenado, el QR tributario y el log inalterable, no cumples el RD 1007/2023.
¿Es Veri*Factu lo mismo que la «factura electrónica obligatoria» de la Ley Crea y Crece?
No. La Ley 18/2022 (Crea y Crece) obliga a empresas y autónomos a emitir y aceptar facturas electrónicas entre sí cuando ambas partes son empresas. El RD 1007/2023 (Veri*Factu) obliga a los sistemas informáticos a llevar un control inalterable. Son dos normativas distintas con reglamentos y plazos propios.
¿Qué pasa si no actualizo mi software antes del 1 de enero de 2027?
El RD 1007/2023, en aplicación de la Ley General Tributaria, prevé sanciones de hasta 50.000 euros por el uso de sistemas informáticos de facturación no certificados. Además, el incumplimiento puede invalidar la deducibilidad fiscal de los gastos vinculados a esas facturas en una inspección.