¿Qué es Facturae?
Facturae es el formato estándar español de factura electrónica, especificado por el Ministerio de Hacienda y el Centro de Cooperación Interbancaria. Se trata de un esquema XML con estructura y campos definidos que permite el intercambio automatizado de facturas entre empresas y Administraciones Públicas.
La versión vigente es la 3.2.1, aunque existen versiones anteriores (3.2, 3.2.x) todavía admitidas en ciertos contextos. El formato está diseñado para ser legible por máquinas, firmable digitalmente y verificable sin ambigüedad.
¿Para qué se usa Facturae?
Principalmente para la facturación a la Administración Pública. Desde 2015, todas las facturas emitidas a la Administración General del Estado (AGE) y sus organismos deben entregarse en formato Facturae a través de FACe (el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas). Muchas administraciones autonómicas y locales también lo exigen.
También se usa en el ámbito privado cuando dos empresas acuerdan intercambiar facturas electrónicamente en un formato estructurado, sobre todo en sectores con grandes volúmenes de transacciones (distribución, retail, energía).
| Característica | VeriFactu | Facturae |
|---|---|---|
| ¿Obligatorio? | Sí (2027) | No siempre |
| ¿Formato? | XML interno AEAT | XML Facturae |
| ¿Envío automático? | Sí | No |
Es un formato XML
Un fichero de texto estructurado con campos definidos: emisor, receptor, líneas de factura, impuestos, totales y firma digital.
Obligatorio para AAPP
Cualquier empresa que facture a la Administración Pública debe generar sus facturas en Facturae 3.2.1 y enviarlas por FACe.
Firma con certificado
El fichero XML debe firmarse con un certificado digital reconocido (DNIe, FNMT…) usando herramientas como AutoFirma.
Intercambio entre partes
Define cómo se transmite la factura de emisor a receptor, no cómo el software la almacena ni qué trazabilidad mantiene internamente.
¿Qué es Veri*Factu?
Veri*Factu es el nombre coloquial de la modalidad de envío de registros de facturación definida en el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales.
En concreto, Veri*Factu hace referencia a uno de los dos modos de cumplimiento del RD: aquel en el que el software envía automáticamente a la AEAT un registro XML por cada factura emitida, en tiempo real o casi real. La otra modalidad se llama simplemente «no Veri*Factu» o «sin envío», con controles internos más estrictos.
Lo que Veri*Factu no es
Veri*Factu no es un formato de factura. No define cómo tiene que ser el PDF o el XML que recibirá tu cliente. No sustituye a la factura en papel, al PDF o a Facturae. Tampoco es un portal de envío de facturas como FACe. Es un mecanismo de control fiscal interno que afecta al software que usas para emitir facturas, no al documento final que entrega al cliente.
Comparativa detallada
Sistema de control fiscal
- 📌 Regula el software de facturación
- 📌 Crea un registro inalterable de cada factura
- 📌 Hash encadenado entre registros
- 📌 QR tributario en la factura impresa
- 📌 Envío (opcional) de registros a AEAT en tiempo real
- 📌 Conservación 4 años, sin borrado posible
- 📌 Afecta a todas las empresas y autónomos
- 📌 Obligatorio desde el 1 enero 2027
Formato de factura electrónica
- 📌 Regula el formato del fichero de factura
- 📌 XML estructurado con esquema definido
- 📌 Firma digital con certificado reconocido
- 📌 Entrega electrónica (FACe, email, EDI…)
- 📌 Sin hash encadenado ni QR tributario
- 📌 Conservación según normativa general (5 años)
- 📌 Obligatorio si facturas a la Administración Pública
- 📌 Obligatorio desde 2015 para la AGE
| Aspecto | Veri*Factu | Facturae |
|---|---|---|
| Naturaleza jurídica | Requisito del SIF (sistema informático) | Formato de intercambio de facturas |
| Norma de referencia | RD 1007/2023 + Orden HAC/1177/2024 | Norma UNE 54650 + Orden EHA/962/2007 |
| ¿Qué regula? | El software de facturación | El fichero de la factura |
| Formato de datos | XML propio de registros (AEAT) | XML Facturae 3.2.1 |
| Hash encadenado | ✓ Obligatorio | ✗ No aplica |
| QR tributario | ✓ Obligatorio | ✗ No aplica |
| Firma digital | Recomendada (no siempre obligatoria) | ✓ Obligatoria |
| Envío a AEAT | Optativo (modo Veri*Factu) u obligatorio según régimen | ✗ Solo si hay obligación de SII |
| Envío a FACe | ✗ No | ✓ Sí (para AAPP) |
| Clientes privados | ✓ Aplica a todos | Solo si hay acuerdo o requisito legal |
| Obligatorio desde | 1 enero 2027 | 2015 (AGE), variable en CCAA y entidades locales |
| Sanciones por incumplimiento | Hasta 50.000 € (LGT) | Variable según régimen y administración |
¿Se complementan o se excluyen?
Se complementan perfectamente. De hecho, una misma empresa puede y en muchos casos debe cumplir con ambas normativas simultáneamente:
Emites una factura a un organismo público
Tu software de facturación (que cumple Veri*Factu) genera el registro interno inalterable con hash encadenado. Además, genera el fichero en formato Facturae 3.2.1, lo firma con AutoFirma y lo envía a FACe.
Emites una factura a un cliente privado
Tu software genera el registro interno con hash encadenado (Veri*Factu). Entrega la factura como PDF con el QR tributario impreso. No necesitas Facturae para este caso (a menos que el cliente lo pida o la Ley Crea y Crece lo obligue en el futuro).
Activar el envío Veri*Factu (optativo)
Si decides activar la modalidad Veri*Factu, tu software envía además un registro XML a la AEAT por cada factura. Esto no afecta a los registros Facturae: son canales distintos.
¿Cuándo necesitas cada una?
Necesitas cumplir Veri*Factu (RD 1007/2023) si…
- Eres empresario o profesional en España y usas un sistema informático de facturación (cualquier software de facturación, ERP, CRM con módulo de facturación…).
- Emites facturas, independientemente de si tus clientes son personas físicas, empresas o Administración Pública.
- Tienes a empleados, socios o colaboradores que emiten facturas en tu nombre a través de un sistema informático.
Necesitas Facturae si…
- Facturas a cualquier organismo de la Administración General del Estado, comunidades autónomas o entidades locales que lo exijan.
- Has acordado con un cliente privado (normalmente grandes empresas) el intercambio en formato estructurado para su procesamiento automatizado.
- Participas en contratos de distribución con grandes cadenas que exigen EDI o Facturae.